Respuesta del Dip. Enrique Barrios a carta de FUNDENL

FUNDENL:

Fuerzas Unidas por nuestros desaparecidos en Nuevo León:

Presente.-

Por medio de la presente, me permito dar contestación a la carta abierta que en días pasados amablemente me hicieran llegar; antes que nada debo decir que mi iniciativa de modificación a la Ley de Víctimas del Estado tiene por objeto ayudar a las personas que viven desde hace años con la incertidumbre y el drama de haber perdido algún familiar en algún hecho violento como un secuestro o un “levantón”.  Y no obstante que yo mismo he sido víctima  de la delincuencia tras haber sido secuestrado en el año 2010 y siendo el caso que por ese hecho tuve que pasar 22 días hospitalizado en riesgo de muerte, debo decirles con toda franqueza que mi más grande motivación para presentar la mencionada iniciativa lo son los más de 22 casos  que he documentado entre la población del distrito al que represento; 22 casos de injusticia en el que los  secuestrados tienen entre cuatro y siete años de desaparecidos sin que ninguna autoridad cumpla con sus obligaciones básicas, en algunos de estos casos las averiguaciones previas se reducen a un legajo que contiene una denuncia y nada más.

Así las cosas y motivado por el drama de esas familias me propuse encontrar la forma de que el estado pague por la injusticia que significa que quien está obligado  a buscar a los secuestrados y llevar ante la justicia a los criminales, no mueva un solo dedo para encontrar a los desaparecidos y a veces hasta se negara a  recibir las denuncias correspondientes.

Pues bien lo que estoy proponiendo es que las familias cuyas averiguaciones hayan sido congeladas por 2 años, reciban como compensación por no haber sido resuelto el secuestro o desaparición una compensación económica con cargo al Estado; estableciendo además claramente que el pago de tal cantidad, no exime al ministerio público de concluir la averiguación y de encontrar a las víctimas.

Ahora bien la mencionada compensación no es una indemnización  y no debe entenderse como un tope a una indemnización  justa, ya que ambos conceptos son distintos y en el caso de la compensación que propongo esta corre a cargo del Estado por su falta de efectividad a diferencia de la indemnización que es a cuenta del delincuente y guarda relación con el daño causado.

Coincido con ustedes en que lo más importante es que la Procuraduría encuentre a los desaparecidos y tengo la esperanza de que la presión económica de mi propuesta impulse al ministerio público a resolver las averiguaciones y encontrar a los desaparecidos; hago votos por que el Estado no le apueste al olvido en estos casos y hago un llamado a la Sociedad Nuevoleonesa para que no olvide a las víctimas de la más cruel época de inseguridad que ha vivido nuestro estado.  Así mismo les reitero mi disposición para seguir impulsando esta causa y me pongo a sus órdenes para trabajar juntos en busca de Justicia y de nuestros familiares desaparecidos.

 

Atentamente,

Monterrey, N.L., a 31 de Julio del 2014.

Dip. Juan Enrique Barrios Rodríguez

 

Posdata.- No esta demás decirles que lamento mucho que la averiguación relativa a mi secuestro yace congelada y empolvada en algún escritorio de la Procuraduría Estatal.